A partir de 2010, los futbolistas que militen en el balompié ibérico dejarán de tener beneficios tirbutarios
MADRID, España, Nov. 4, 2009.- Las estrellas del futbol extranjeras que residen en España, deberán declarar sus impuestos a partir de 2010 como el resto de los mortales, ya que el Congreso reformará de manera inminente la conocida como 'Ley Beckham', una norma que regula el régimen fiscal especial para extranjeros no residentes.
En concreto, la 'Ley Beckham', que entró en vigor en 2004, daba opción a los extranjeros 'cualificados' -entre los que también se encontraban científicos y directivos- afincados en España de tributar los cinco primeros años de estancia como no residentes y pagar a un tipo del 24 por ciento, o bien hacerlo por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), cuyo máximo es el 43 por ciento.
Según la modificación pactada ahora entre el PSOE, BNG e IU-ICV, en los Presupuestos Generales del Estado para 2010, los trabajadores desplazados a España con rentas superiores a los 600 mil euros anuales deberán tributar el IRPF de no residentes al tipo general, el 43 por ciento.
El resto, es decir aquellos con rentas de menos de 600 mil euros, podrá seguir tributando al 24 por ciento.
La nueva norma no tendrá carácter retroactivo, y por lo tanto, los futbolistas que ya juegan en España no se verán afectados.
No obstante, la ley se aplicará a aquellos deportistas que firmen sus contratos a partir del 1 de enero de 2010.
Entre los criterios que establece la 'Ley Beckham', se encuentra que los trabajos de las personas no residentes los hagan efectivamente en España.
Además, estos trabajos deberán hacerlos para una empresa o entidad residente en España o para un establecimiento permanente situado en territorio español de una entidad no residente en el mismo.
Estos trabajadores tampoco pueden haber sido residentes en España durante los 10 años previos y el desplazamiento a España se debe producir como consecuencia de un contrato laboral.
La 'Ley Beckham' entró en vigor en 2004 con la finalidad de atraer "capital humano cualificado" y darle mejores condiciones a los altos directivos empresariales, investigadores, científicos y deportistas.
La norma debe su nombre al ex futbolista del Real Madrid, David Beckham, porque en la negociación de su contrato con el club blanco sus abogados establecieron que el deportista debía tributar con esta herramienta.
Según un estudio de Ernst & Young Abogados, España es, hasta la aprobación de la norma, el país con menores costes fiscales para los futbolistas extranjeros, aunque no el único, ya que en Holanda los expatriados tienen el 30 por ciento de su salario exento de tributación.
En Francia y Reino Unido el mecanismo establecido es más complejo, ya que los no residentes tributan a tipos progresivos, pero con determinadas excepciones.
En Reino Unido, si se cumplen ciertos requisitos, los deportistas pueden tributar como residentes no ordinarios durante los tres primeros años por los rendimientos que generen en suelo británico, pero se considera exenta la parte del salario correspondiente a los días que el jugador trabaje en otros países.
En Alemania, sin embargo, los jugadores extranjeros tributan igual que los residentes, a un tipo máximo del 45 por ciento.









